La jueza Nancy Juárez Salas, titular del Juzgado Decimonoveno en Veracruz, informó en entrevista con Aristegui En Vivo que ella fue la responsable de emitir una resolución en la que se ordena al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y al Director del Diario Oficial de la Federación (DOF) retirar la publicación del decreto para anunciar la entrada en vigor de la reforma del Poder Judicial.
Explicó que su decisión se originó a partir de un juicio de amparo que buscó suspender el debate, aprobación y publicación de la llamada reforma judicial que prevé la elección de ministros, magistrados y jueces por voto popular, pero con filtros previos del Poder Ejecutivo y el propio Poder Legislativo”, lo que implicaría la remoción de todos los impartidores de justicia en funciones.
“El día 12 de septiembre se concedió la suspensión provisional para que no continuara el proceso legislativo, que no se promulgara y no se publicara en el Diario Oficial”, explicó Juárez Salas.
Detalló que la suspensión definitiva se fundamentó en una jurisprudencia emitida en 2023 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual se establece que, a una suspensión en materia de amparo, se le pueden dar efectos restitutorios.
“Como todos sabemos, ya está publicado el decreto y ahora se concede con estos efectos restitutorios para que se elimine de la página del Diario Oficial de la Federación esa publicación “, aseguró.
La jueza enfatizó que la publicación del decreto afecta la vigencia de la reforma.
Al levantar la publicación no podría ejecutarse ningún acto posterior a ello.
Aunque la resolución fue emitida, Juárez Salas indicó que aún se están esperando notificaciones a las autoridades responsables. “Mandamos un exhorto urgente a la Ciudad de México […] para que se notifiquen a las autoridades”, añadió.
Una vez notificadas, las autoridades deben proceder a la eliminación de la Reforma.
En caso de que la orden no se cumpla, la jueza advirtió sobre las consecuencias legales. “La ley de amparo y la Constitución establecen el procedimiento de sanciones en caso de que se viole una suspensión definitiva”, dijo. Las sanciones incluyen desde destituciones hasta consignaciones ante la autoridad penal.
Sin embargo, la Consejería Jurídica de la Presidencia y los representantes legales del Congreso de la Unión pueden impugnar dicha orden mediante un recurso de queja ante un tribunal colegiado.
Incluso, en caso de que el tribunal federal confirme la suspensión dictada en primera y segunda instancia, el gobierno de AMLO y el Poder Legislativo pueden presentar recursos de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el fin de que el máximo tribunal se pronuncie definitivamente sobre el asunto.